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Sobre Nosotros

 

El  Psicólogo  debe ser un profesional respetuoso de la ley y reconoce en ella el mecanismo normativo de la vida en sociedad y el vehículo de tutela ideal y material, así como de respeto efectivo de los derechos humanos, a cuya defensa también esta llamado el psicólogo, por lo tanto rechaza toda forma de represión, destrucción o menoscabo de esto.

Quienes Somos

El Consejo Técnico de Psicología, CTP, organismo rector para el ejercicio ético de la profesión, se constituyó mediante la Ley 56 del 16 de septiembre de 1975, promulgada en la Gaceta oficial 17 948, de 15 de octubre de 1975.   Tiene la responsabilidad de ser el ente competente para otorgar la idoneidad que faculta el correcto ejercicio de la profesión en nuestro medio , y velar por el ejercicio ético de la profesión de la Psicología en el territorio nacional.

Actualmente se reconoce el ejercicio de la profesión de la Psicología en Panamá mediante la ley 55 de 3 de diciembre del 2002

NUESTRA JUNTA DIRECTIVA

Mercedes Del C. Vega A.

Presidenta

Christian F. Tejeira C.

Secretario

Edgar Aguilar

Tesorero

Julio D. Castillo C.

Fiscal

Nuestra Visión

Ser el organismo garante del ejercicio ético de la Psicología, impulsor del logro de los más altos estándares de calidad en la academia y el gremio profesional y de los principios rectores de la profesión, ejerciendo con excelencia y liderazgo las tareas que le son propias para contribuir al mejoramiento de la calidad y condiciones de vida de la sociedad en su conjunto.

Nuestra Misión

El Consejo Técnico de Psicología, creado y apoyado por el Estado, tiene la misión de vigilancia y control en la defensa del ejercicio profesional y la ética de los profesionales de la Psicología, velando porque esta sea practicada únicamente por profesionales idóneos y enfrentando las irregularidades que se cometan en el ejercicio de la profesión, de conformidad con lo que establece la ley y los reglamentos internos de dicho Consejo.

Funciones Consejo Técnico de Psicología 

Las instituciones que conforman el Consejo Técnico de Psicología son: el Ministerio de Desarrollo Social (MIDES); Ministerio de Salud (MINSA); Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (MITRADEL); Ministerio de Gobierno (MINGOB); Ministerio de Educación (MEDUCA); Universidad de Panamá (UP) y cinco delegados de la Asociación Panameña de Psicólogos.

Desde sus inicios, se mantiene como un ente que tiene la responsabilidad de otorgar la idoneidad y facultar el ejercicio de la profesión en nuestro país.

Entre sus funciones se encuentran:

  • Expedir los certificados de idoneidad profesional para el ejercicio de la Psicología, de conformidad con lo que establece la ley y los reglamentos internos de dicho Consejo.
  • Realizar investigaciones de oficio o por cualquier denuncia que se interponga por irregularidades que se cometan en el ejercicio de la profesión de la Psicología.
  • Negar el certificado de idoneidad profesional para ejercer en el territorio nacional, a los profesionales que no cumplan los requisitos establecidos en la Ley.
  • Suspender o cancelar el certificado de idoneidad profesional para ejercer la Psicología, a quienes cometieran falta contra la ética profesional, o a quienes sean condenados mediante sentencia en firme, por violar las leyes y reglamentos establecidos por este Consejo.
  • Proponer al Ministerio de Economía y Finanzas la escala salarial, sobresueldos o gratificaciones por categorías según la especialidad o años de servicio para todo psicólogo o psicóloga del país, manteniendo el precepto constitucional de igualdad de salario en iguales condiciones de trabajo.